La Aprobación de los Tratados Internacionales por la Vía Rápida en México
Resumen
El objetivo de este artículo es visibilizar el perjuicio que representa el uso del recurso de la vía rápida, también conocida por el anglicismo “fast track”, en la aprobación de los tratados internacionales y establecer la necesidad de una reconstrucción normativa que evite esa práctica por su potencial riesgo para el Estado mexicano.
Descargas
Citas
“DECRETO por el que se declaran reformadas y derogadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de la reforma política de la Ciudad de México”, Diario Oficial de la Federación, Tomo DCCXLVIII, No. 21, México, D.F., viernes 29 de enero de 2016, edición vespertina, pp. 1-32, [en línea], https://bit.ly/3n6AXzY [consulta: 25 de abril, 2023].
“DECRETO por el que se modifica la denominación del Capítulo I del Título Primero y reforman diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”, Diario Oficial de la Federación, Tomo DCXCIII, No. 8, México, D.F., viernes 10 de junio de 2011, primera sección, pp. 1-5, [en línea], https://bit.ly/3mY0knD [consulta: 25 de abril, 2023].
“DECRETO por el que se expide la Ley sobre la Celebración de Tratados”, Diario Oficial de la Federación, Tomo CDLX, No. 1, México, D.F., jueves 2 de enero de 1992, pp. 1-3, [en línea], https://bit.ly/3Hf1CBE [consulta: 25 de abril, 2023].
“Informe a la Cámara de Senadores del H. Congreso de la Unión sobre el Inicio de Negociaciones para la Modernización del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) entre Canadá, Estados Unidos y México”, Senado de la República, 27 de julio de 2017, pp.13, [en línea] https://bit.ly/3F3Oz29 [consulta: 25 de abril, 2023].
“Comunicado mediante el cual el C. Presidente de la República somete a la aprobación del Senado de la República, el Protocolo Modificatorio al Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos de América y Canadá, instrumento que modifica al Protocolo por el que se sustituye el Tratado de Libre Comercio de América del Norte por el Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos de América y Canadá y, además dos acuerdos paralelos”, Senado de la República, 11 de diciembre de 2019, pp. 1-8, [en línea], https://bit.ly/3BYiNSk [consulta: 25 de abril, 2023].
“Resultado de la votación del Dictamen de las Comisiones Unidas de Relaciones Exteriores; de Puntos Constitucionales; de Economía; y de Relaciones Exteriores América del Norte, con opinión de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, el que contiene proyecto de decreto que aprueba el Protocolo por el que se sustituye el Tratado de Libre Comercio de América del Norte por el Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos, Estados Unidos de América y Canadá, hecho en Buenos Aires, el 30 de noviembre de 2018, así como los seis acuerdos paralelos entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de los Estados Unidos de América”, Senado de la República, miércoles 19 de junio de 2019, [en línea], https://bit.ly/3kmqzzq [consulta: 25 de abril, 2023].
“GACETA LXIV/2PPO-72/103244”, Senado de la República, 12 de diciembre de 2019, [en línea] https://bit.ly/3wBxQ3a [consulta: 25 de abril, 2023].
El autor o autores se compromete(n) a firmar una declaración autorizando la publicación en los distintos soportes y espacios de la Revista del Posgrado en Derecho de la UNAM, por lo que cederán los derechos patrimoniales sobre la obra en forma total y exclusiva a la Universidad Nacional Autónoma de México, conforme a lo establecido en el artículo 84 de la Ley Federal del Derecho de Autor y demás relativos y aplicables a su reglamento, en el entendido de que será respetado su derecho autoral sobre la obra y se les otorgará el crédito correspondiente.
P O L Í T I C A S D E A C C E S O Y R E Ú S O
La revista del Programa de Posgrado en Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, se adhiere a la licencia Creative Commons en la definición de su política de acceso abierto y reúso del material publicado, en los términos siguientes:
- Accesibilidad a los artículos y demás publicaciones de manera total o parcial bajo el concepto de copia, distribución, comunicación pública, acceso interactivo (por internet u otros medios), manteniendo de manera explícita el reconocimiento al autor o autores y a la propia revista (reconocimiento de autoría).
- Advertencia de que si se remezcla, modifican los artículos o se emplean fragmentos en otras creaciones, no se puede distribuir el material modificado, ni tampoco se permite reconstruir versiones a partir de los artículos originales publicados (obras derivadas).
- Se prohíbe el uso de contenidos de los artículos publicados, total o parcialmente, con fines lucrativos (reconocimiento no comercial).