La Alienación parental y su regulación en México, una omisión en su legislación
Resumen
El presente artículo examina si la falta de reconocimiento científico de la alienación parental como un síndrome o en su caso un exceso en su sanción, es o no, motivo suficiente para omitir su regulación en la legislación nacional; o bien, si la alienación parental existe como una conducta actual, misma que puede ser corroborada mediante dictámenes psicológicos u otros métodos, y por tanto, existe la necesidad de su regulación.
Igualmente, el presente analiza la decisión tomada por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, al derogar el artículo 323 Séptimus del Código Civil del Distrito Federal, que regulaba y sancionaba la alienación parental, y si ésta constituye o no, una omisión legislativa en perjuicio de los derechos de las niñas, niños y adolescentes; contrastada con los criterios establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la acción de inconstitucionalidad número 11/2016, resuelta el 24 de octubre de 2017.
Finalmente, propone un análisis respecto de la imposición de medidas o sanciones, a todas aquellas personas que incurran en conductas de alienación parental, pues como ya se dijo, la propia Suprema Corte de Justicia de la Nación, ya ha declarado inconstitucional que la consecuencia de la alienación parental sea la suspensión o pérdida de la patria potestad de los padres sobre el menor.
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