La regulación de la maternidad subrogada en los estados de Tabasco y Sinaloa. Comparativa con la prohibición de maternidad por sustitución del derecho español
Resumen
El presente trabajo tiene por objeto analizar de forma sucinta y sin ningún propósito agotador, el estado de la cuestión de la maternidad subrogada en dos modelos jurídicos de signos opuestos: el modelo español, en el que rige la prohibición de la maternidad subrogada; y los de dos Estados mexicanos, Tabasco y Sinaloa, donde se regula el proceso procreativo con determinadas garantías para la parte más débil de la relación jurídica, la madre gestante.
Es mi propósito defender la necesidad de una urgente regulación en España que dé una respuesta completa, actualizada y respetuosa con la dignidad y derechos fundamental de todas las partes: primordialmente, del niño por nacer, que, a diferencia de lo que ocurre en la adopción (se busca una familia para el niño) supone la búsqueda de un hijo para una familia.
El examen del derecho comparado ofrece una herramienta insustituible en la búsqueda del Derecho justo y el examen -necesariamente breve- de los modelos jurídicos de tabasco y de Sinaloa, representa un avance hacia el debate que queremos y necesitamos en España.
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